lunes, 16 de julio de 2012

Jubilaciones, pensiones y reajuste de haberes


¿Qué es lo que se reclama con el reajuste jubilatorio o de pensión?

El reajuste del haber consta básicamente de dos reclamos:

–Correcta actualización de remuneraciones tomadas para el cálculo de la jubilación y,

–Movilidad de la Jubilación y/ pensión.

¿Qué significa movilidad?

El haber de jubilación es la prolongación de la remuneración después del cese de la actividad laboral y, necesariamente, debe respetarse la proporcionalidad que debe existir entre el haber de pasividad y actividad. La movilidad es una garantía que otorga la Constitución Nacional a  las jubilaciones y pensiones.

En un país como el nuestro donde las variables económicas fluctúan constantemente, se hace necesario el establecimiento de un criterio que permita que las jubilaciones y /o pensiones no pierdan su valor adquisitivo. Como es de público conocimiento, desde que el Congreso Nacional dictó la famosa “Ley de Solidaridad Previsional”, vigente desde marzo de 1995, las jubilaciones y pensiones quedaron congeladas por mas de diez años.

En estos últimos años el Gobierno Nacional otorgó varios aumentos a las mínimas y a haberes inferiores a $1000, dejando de lado el resto de los haberes.
De esta manera, se produjo el achatamiento de las jubilaciones, puesto que con estos aumentos dispares colocó en idéntica situación a quienes se encontraban en situaciones desiguales, pero, lamentablemente, esta equiparación es regresiva colocando a más pasivos en percepción de haberes mínimos.

¿Quiénes tienen derecho al reajuste?


La incorrecta actualización y la inmovilidad de las prestaciones previsionales a cargo del Estado Nacional son problemas que afectan a todos los jubilados y pensionados. No obstante ello, existen grupos más afectados que otros. Para detectar hay que estudiar la historia previsional de cada jubilado.

Por otra parte, las personas que perciban haberes de regímenes provinciales transferidos también tienen derecho al reajuste por movilidad, dado que ésta es una garantía constitucional.

Antes de decidir ¡¡consulte siempre a un especialista!! Su pregunta no molesta.


Dra. Sabrina Anabella Bzdyl
Abogada especialista
en Derecho Previsional
El Payador 5282, Villa Bosch
4844-9146

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